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Funcionarios en Prácticas      Castellano Valencià
Nombramiento Funcionarios de Carrera a los Opositores de 2008. Secundaria, PTFP, EOI, Música y AAEE
Publicada 01-12-2009

Orden EDU/3234/2009, de 20 de noviembre, por la que a propuesta de la Consejería de Educación de la Comunitat Valenciana, se nombran funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 15 de abril de 2008. Primero.–Nombrar funcionarios de carrera de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, y Profesores de Música y Artes Escénicas, a los seleccionados en los procedimientos selectivos convocados por Orden de 15 de abril de 2008, que aparecen relacionados en el Anexo a esta Orden, con indicación del Número de Registro de Personal, especialidad y puntuación que les corresponde. Segundo.–Los nombrados a través de la presente Orden se considerarán ingresados como funcionarios de carrera, del Cuerpo de la Administración del Estado por el que han superado el procedimiento selectivo, con efectos de 1 de septiembre de 2009. SI NO LO HAS HECHO TODAVÍA, DEBES SOLICITAR INMEDIATAMENTE EL RECONOCIMIENTO DE LOS TRIENIOS Y SEXENIOS. SEXENIOS: Una vez se ha publicado en el BOE (01-12-09) tu nombramiento de Funcionario de Carrera, debes solicitar de inmediato el reconocimiento del primer sexenio si ya llevas 6 o más años en la enseñanza pública. Los sexenios los reconocen a partir de la fecha en que se han solicitado y sin efectos retroactivos (si tardas varios meses, pierdes esas cantidades irremediablemente), y si tienes varios sexenios cumplidos, debes solicitarlos todos A LA VEZ. Recuerda que debes presentar, por cada sexenio, 100 horas de formación. TRIENIOS: Quienes no tengan reconocido ningún trienio deben solicitar el reconocimiento de los servicios prestados con anterioridad al nombramiento de funcionario (interino y año de prácticas) y si has cumplido un trienio durante el año de prácticas deberás además solicitar el reconocimiento y el cobro del mismo. Quienes ya vienen percibiendo algún trienio antes del nombramiento de funcionario, deberán solicitar solamente el reconocimiento del año de prácticas, ya que tienen reconocidos los servicios prestados como interinos. Los servicios prestados para Administraciones Públicas (Ministerios, Consellerias, Diputaciones, Ayuntamientos, Universidades Públicas...) también cuentan para la concesión de trienios. Debes solicitar a dicho organismo por escrito que te expida un ANEXO I.