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OPOSICIONES | Área Secundaria y Otros      Castellano Valencià
NUEVO MÁSTER (ANTIGUO CAP). Información General (Incluye Comunicado del Ministerio y Becas y Ayudas).
Publicada 24-10-2009

Para facilitar la implantación del Máster de Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas en el curso 2009-2010, en el Consejo de Universidades y en la Conferencia General de Política Universitaria, en sesiones celebradas los días 1 y 2 de Junio respectivamente, se ha acordado un conjunto de medidas bajo los principios de flexibilidad y adecuación a la actual situación de crisis económica y elevado número de personas en desempleo, así como otras destinadas a facilitar la mejor resolución de las cuestiones señaladas por parte de las Universidades y Comunidades Autónomas: 1. Se modifica la Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos de verificación del Máster en el sentido de que cuando el apartado 5 "planificación de las enseñanzas" indica como requisito una presencialidad de al menos un 80% de los créditos totales del Máster deberá entenderse una presencialidad del 65%. 2. Cuando en el apartado 4.2, de la anterior Orden, "Condiciones de acceso al Máster" se indica que habrá de acreditarse el dominio de una lengua extranjera equivalente al nivel B1 del Marco Común Europeo de Referencia para las lenguas, deberá entenderse que dicha acreditación no deberá realizarse obligatoriamente en el momento de iniciar el curso, sino para obtener el título. 3. Con el fin de flexibilizar la programación del Máster así como la organización, selección de centros y reconocimiento de tutores para el practicum, el inicio de las enseñanzas puede realizarse entre octubre de 2009 y Enero de 2010. Las universidades y las CCAA deberán proceder a comunicar la fecha de inicio elegida en la programación del correspondiente master. 4. El número de plazas ofertadas para el curso 2009-2010 será la suma de las plazas ofertadas en las memorias de las solicitudes de títulos de las propuestas verificadas. Además, con el fin de aumentar la oferta de plazas, se dispondrá de la oferta de la UNED, que se realizará como Máster a distancia, manteniendo el carácter presencial del correspondiente practicum. El número de plazas definitivas se publicará antes del día 23 de junio. 5. Se facilitará el reconocimiento de competencias del Master adquiridas en otros estudios de Máster o con la experiencia profesional. 6. El precio del Máster se situará, excepcionalmente este año, y mientras concurra la actual situación de desempleo, en el extremo inferior del intervalo de precios fijado por cada Comunidad Autónoma para los estudios de máster. Con carácter general, el rango de los precios de los másteres se mantiene invariable respecto del aplicado en el curso 2008-09: entre 13,87 y 29,87 euros por crédito. 7. Los estudiantes cuyas condiciones económicas se encuentren dentro de los límites de los umbrales de renta establecidos en el RD 922/2009, de 29 de Mayo, BOE de 30 de mayo de 2009, por el que se establecen los umbrales de renta y patrimonio familiar y las cuantías de las becas y ayudas al estudio del Ministerio de Educación para el curso 2009-10, podrán disfrutar de una beca de master siempre que cumplan las condiciones explicitadas en la convocatoria. 8. Los estudiantes cuyas condiciones económicas no permitan que puedan solicitar para el curso 2009-2010 una beca de master al quedar fuera de los umbrales establecidos en la convocatoria, podrán acogerse al programa de Prestamos-Renta 2009: 0% de tipo de interés; 20 años de duración del préstamo; 5 años de carencia obligatoria; 15 años de amortización lineal y mensual y, con causas extraordinarias, el plazo de carencia puede ampliarse hasta 10 años. 9. Los titulados en situación de desempleo con derecho a prestación podrán realizar el Máster sin coste siempre que cumplan los criterios que se establezcan en la medida de incentivación de la educación y el empleo que el Presidente del Gobierno anunció el 12 de Mayo en el discurso del Debate del Estado de la Nación. 10. Los estudiantes que se matriculen del Máster en el próximo curso 2009-2010 podrá acceder condicionalmente a las oposiciones para plazas de profesor de secundaria que se convoquen antes de finalizar el curso, debiendo acreditar su condición de titulado de Máster antes de la resolución de las mismas. 11. El Ministerio de Educación se compromete a incorporar los costes inducidos a las universidades en el desarrollo de este Máster en el conjunto del Modelo de Financiación de las Universidades Españolas que se halla en proceso de discusión en el seno de la comisión mixta Consejo de Universidades-Conferencia General de Política Universitaria.