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Normativa sobre Funcionamiento y Organización de Centros | Área ESO      Castellano Valencià
Se convoca y regula el funcionamiento del programa experimental de atención extraordinaria y refuerzo, en los institutos de Educación Secundaria durante el curso 2009-2010, fuera del horario lectivo dirigido al alumnado de 3º y 4º de ESO con dificultades
Publicada 26-04-2010

ORDEN 28/2010, de 19 de abril de 2010, de la Conselleria de Educación, por la que se convoca y regula el funcionamiento del programa experimental de atención extraordinaria y refuerzo, en los institutos de Educación Secundaria de la Comunitat Valenciana durante el curso 2009-2010, fuera del horario lectivo dirigido al alumnado de 3º y 4º de ESO con dificultades en las materias que se especifican. [2010/4478] Artículo 2. Objetivo y materias 1. El presente programa tiene como objetivo principal la superación por parte del alumnado de 3º y 4º de Educación Secundaria Obligatoria de determinadas materias, mediante estrategias de motivación, individualización y secuenciación de los aprendizajes en el marco de un programa experimental, realizado fuera del horario lectivo, al tiempo que se promueve la investigación y la innovación educativa como principio de calidad en la atención al alumnado con necesidad de refuerzo educativo, para detectar buenas prácticas que puedan ser difundidas posteriormente a la comunidad educativa. 2. Las materias que pueden ser objeto del presente programa son las siguientes: – Matemáticas. – Castellano: Lengua y Literatura. – Valenciano: Lengua y Literatura. – Lengua extranjera: Inglés. Articulo 3. Modalidades Se establecen dos modalidades de realización del programa: 1. Modalidad A: Atención extraordinaria y refuerzo durante los meses de mayo y junio de 2010, cuyas instrucciones se encuentran reguladas en el anexo I. 2. Modalidad B: Atención extraordinaria y refuerzo durante el mes de julio de 2010, cuyas instrucciones se encuentran reguladas en el anexo II. Artículo 4. Destinatarios 1. Podrán participar voluntariamente en este programa los institutos de Educación Secundaria de titularidad de la Generalitat. 2. El director o la directora del instituto de Educación Secundaria tomará la decisión de participar en el programa, oída la Comisión de Coordinación Pedagógica y siempre que exista profesorado de su centro que desee participar en el desarrollo del mismo. 3. El directora o la directora del instituto de Educación Secundaria designará a un miembro del equipo directivo como coordinador o coordinadora del programa, cuyas funciones serán las de planificar, organizar, coordinar y evaluar el desarrollo del programa en el centro. Artículo 5. Profesorado 1. La participación del profesorado del instituto de Educación Secundaria en el desarrollo de este programa experimental y de innovación educativa es voluntaria, siendo requisito imprescindible estar adscrito a alguno de los departamentos didácticos del centro y que tenga atribución docente para la impartición de las materias que pueden ser objeto del programa. 2. El profesorado podrá participar en una o en ambas modalidades de las previstas en la presente orden. 3. Al profesor o profesora de cada una de las materias que participe en el programa regulado por la presente orden, se le reconocerán, dado que este programa de innovación educativa se ajusta a lo preceptuado en el artículo quince de la orden de 9 de junio de 1994 que regula la convocatoria, reconocimiento, certificación y registro de las actividades de formación permanente del profesorado (DOGV núm. 2328 de 17.08.1994), hasta un total de 60 créditos en la modalidad A y hasta un total de 100 créditos en la modalidad B, tal y como señala el artículo séptimo de la orden de 10 de junio de 1994 (DOGV núm. 2328 de 17.08.1994) por la que se regula la acreditación y valoración de las actividades de formación permanente y otras actividades para la mejora de la calidad de la enseñanza, al efecto del complemento retributivo asociado a formación. A estos efectos también se le reconocerán los mismos créditos al director o directora del instituto de educación secundaria y al coordinador o coordinadora del programa. 4. El Servicio de Formación del Profesorado de la Dirección General de Personal de la Conselleria de Educación, al término del programa, expedirá al profesorado participante, así como al director o directora del Centro y al coordinador o coordinadora del programa, la correspondiente certificación.


El plazo de presentación de la documentación para participar en el programa dentro de la modalidad A finaliza el día 30 de abril de 2010. El plazo de presentación de la documentación para participar en el programa dentro de la modalidad B finaliza el día 14 de junio de 2010.